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viernes, 20 de mayo de 2011

Don Calixto Vicente de Armas Madurera

Su Testamento

Por: Julio José González Chacín

Don Calixto Vicente de Armas Madurera era hijo del Prócer de la Independencia y Fundador de Guanape General Calisto Vicente de Armas Cañas (Calisto con S) (1) y de su esposa Francisca Josefa Madurera, ambos nativos probablemente de Cumana o de Cumanacoa (Antigua San Baltasar de los Arias). (2)


Del matrimonio del General Calisto Vicente de
Armas Cañas y Francisca Josefa Madurera nacieron los siguientes hijos, al parecer todos nativos de Guanape:De Don Calixto Vicente de Armas Madurera no sabemos exactamente cuando fue su fecha de nacimiento, suponemos, según cálculos personales, que debió nacer entre 1.820 y 1.830, por lo que al morir tendría entre 72 y 82 años de edad. Sabemos que fallece poco después de testar, ya que para el momento de su firma estaba bastante disminuido y es por ello que nombra a su hermano Alejandro para que lo haga en su nombre, y presumimos falleció ese mismo año de 1.902. Desconocemos cual es su tumba, sin embargo hay quienes dicen que esta enterrado en el panteón grande que esta al centro del cementerio de Guanape que dice: “Hermanos Armas Ytriago”, y donde si sabemos que están enterrados sus hijos Calisto Vicente, María Magdalena, María Beatriz, Rafael, María del Carmen y su segunda esposa María Trinidad, que fallecieron antes que Don Calixto, todos entre los años 1.891 y 1.895, posiblemente de alguna de las acostumbradas epidemias que asolaban la zona en esa época.

Los bienes
de que dispuso Don Calixto durante su vida fueron muy superiores a los que deja según su testamento, como nos dice Rafael Armas Alfonzo en su libro Del Oriente Venezolano, Calixto Vicente de Armas Madurera “logró una de las fortunas mas sólidas que había en toda esta región. Sus extensas propiedades llegaban hasta Río Grande, en jurisdicción del Municipio Cúpira (…). Era trabajador incansable, madrugador, muy activo. La Revolución Libertadora arrasó con muchos de sus rebaños de ganado y las mismas haciendas sufrieron las consecuencias derivadas de los empréstitos que solicitaban los caudillos para los gastos de guerra.” (4)

Se puede observar que para la fecha del testamento, todas las autoridades del municipio formaban parte de la familia De Armas, por lo que además de ejercer el con
trol económico del pueblo, también tenían el poder político. Para esa año de 1.902, la máxima autoridad militar de la zona era su sobrino el General Luís Manuel Ytriago De Armas, alias veneno, al mando de un batallón leal a las fuerzas del Presidente Castro y opuestos a la Revolución Libertadora. Veneno morirá unos meses después, en este mismo pueblo, en la llamada “Pelea de Guanape”, hecho ocurrido el 12 de Diciembre de 1.902, y del cual ya hemos publicado una reseña en este mismo Blog.

Don Calixto Vicente de Armas Madurera, se c
asó como ya se dijo, dos veces, en primeras nupcias con su sobrina Margarita Álvarez Armas (Hija de su hermana Carlota Clemencia de Armas Madurera) (5) y en segundas nupcias con su prima segunda María Trinidad Ytriago Domínguez (Hija de su primo hermano Deogracias Ytriago de Armas). Las dos veces queda viudo, su segunda esposa fallece el 11 de Enero de 1.893.

De su matrimonio con Margarita Álvarez Armas na
cieron los siguientes hijos:
Al enviudar, contrae segundas nupcias con María Trinidad Ytriago Domínguez, del cual nacen los siguientes hijos:
Don Calixto Armas Madurera también dejó hijos fuera del matrimonio y no necesariamente esta lista representa a todos ellos, pero mencionamos a los que tenemos registrados, vale destacar que en el testamento deja herencia a María Ignacia Rivas, reconociendo prácticamente su relación con ella, como se puede ver en el artículo 9.

Con Martina Palacios tuvo dos hijos según nuestros re
gistros, a saber:
Con María Ignacia Rivas tuvo al menos el siguiente hijo:
  • Andrés Rivas. Nacido en el año 1.870. Murió el 24 de enero de 1.953 en Valle de Guanape. Casado con Eloisa Iguaro. Con descendencia. (7).
Con Raimunda Delgado (8) tuvo al menos la siguiente hija:
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Testamento de Calixto Vicente de Armas Madurera


Pasamos a transcribir literalmente el testamento de
Don Calixto Vicente de Armas Madurera, solo omitimos los últimos párrafos por considerarlos innecesarios ya que se referían a las juramentaciones de cada uno de los testigos y no aportan mayor información que sea de interés. Complemento el texto del testamento con algunas notas al pie de página.
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En el nombre de Dios todopoderoso, yo Calixto Armas, hijo legitimo de Calisto Armas y Josefa Madurera finados, naturales y vecinos de este municipio del distrito Bruzual en el Estado Barcelona, hallándome en capacidad para disponer por testamento, pues, aunque enfermo del cuerpo, estoy en pleno uso de mis facultades intelectuales, temeroso de la muerte, que es natural a todo ser viviente, deseo estar prevenido con disposición testamentaria, hecha con maduro acuerdo y reflexión en todo lo que induzca a la claridad que necesitan mis sucesores para resolver las dudas que puedan ocurrirles después de mi fallecimiento con tal fin y con el de que se conozca mi última y deliberada voluntad, hago mi testamento que quiero se observe como ley de familia, en todo lo que no sea opuesto a las leyes y a las buenas costumbres en la forma siguiente:

Artículo 1. - Mi entierro y funerales se harán como l
o resuelvan el albacea o albaceas que prevengan en la ejecución de este testamento y mis herederos; y sino pudiesen tener avenimiento en esto, se hará lo que resuelva la mayoría, o lo que, en caso de empate decida la suerte. El gasto que se origine se tomará del valor de la cuota de mis bienes, de que puedo disponer teniendo en consideración su monto.

Artículo 2. - Declaro que fui casado validamente co
n la señorita Margarita Álvarez, (9) hija legitima de Lino Álvarez y Carlota Armas y que en ese matrimonio tuvimos hijos a Carlos María, Dominga Isabel y Rafaela que murió sin dejar sucesión. A este matrimonio aporte la suma de mil seiscientos setentiseis bolívares (B. 1,676) y mi esposa no aportó capital alguno. Después de haber quedado viudo, contraje segundas nupcias con la señorita Trinidad Ytriago, (10) hija legitima de Deogracias Ytriago y Gertrudis Domínguez, ambos finados. A este matrimonio aporte yo, la suma de dos mil ochocientos bolívares (B. 2,800) representados en una fundación de café en el vecindario Oscurote de este Municipio, y la cual compré a mi hermano Señor Alejandro Armas y una mula (Ilegible). Mi esposa aportó la suma de mil doscientos bolívares (B. 1,200) representados en (Ilegible) y tierras en este municipio. Tuvimos hijos en este matrimonio a Calisto Vicente (11) y Rafael que murieron sin dejar sucesión, María Magdalena que murió dejando sucesión, María del Carmen que murió sin dejar sucesión, Benjamín y María Beatriz que también murió sin dejar sucesión, Gertrudis, Trinidad, Josefa, Pedro Vicente y Petra, esta última no ha llegado a la mayoría de edad.

Artículo 3. - Para el caso de que mi hija Petra d
espués de mi fallecimiento quede sujeta a tutela por cualquier motivo legal, le nombro de tutor a mi cuñado Manuel Ytriago Domínguez, de protector a mi yerno Señor José María Barrios (12) y de suplente a mi hijo Benjamín.

Artíc
ulo 4. - Declaro que mis ya referidos hijos están en capacidad de sucederme y de recibir por testamento, y aún cuando Petra es menor, queda representada por su tutor, y que por consiguiente tienen derecho a recibir la cuota que les corresponda por ser legítima, quedando por tanto de hecho y de derecho instituidos mis herederos.

Artículo 5. - El remanente de la c
uota de mis bienes de que pueda disponer lo dejo en calidad de mejora por iguales partes a todos mis hijos, a condición de que ninguno de ellos se oponga a lo que dispongo en este mi testamento, ni de ocasión a pleito entre ellos en la liquidación que se verifique de los bienes de los sociedad conyugal con motivo de la herencia o por cualquier otra circunstancia, pero si esta no se consiguiere, es mi voluntad castigar al que se niegue a mi (Ilegible) y honesto propósito de paz en la familia, ocasionando la discordia con la pérdida de dicha gracia, cuya cantidad acrecerá a los demás herederos o a quien los represente legalmente.

Artículo 6. - Declaro por mis bienes los siguientes: Una hacienda de cacao denominada “Tupurquen” y ubicada en el vecindario Río Grande del Municipio Cúpira constante de diez y seis mil árboles frutales y seis mil de resiembro. Una posesión en el mismo vecindario c
onstante de tres mil setecientas treintiuna (3,731) matas de café. Una hacienda de café en el vecindario “Oscurote” de este municipio y constante de treinta y seis mil novecientos trece matas, denominada de Las Mercedes con su correspondiente oficina situada en el vecindario “El Valle” de esta misma jurisdicción. Una posesión en el vecindario Navarro de este Municipio constante de una casa de techo pajizo de un potrero con cerca de alambre y un derecho de tierra en “Canillar” en esta misma jurisdicción. Un potrero cercado de alambre en el vecindario “Canillar”. Un potrero cercado de alambre en esta población. Una posesión en el vecindario “Los Caros” jurisdicción de este municipio. Cuatro casas de tejas en esta población. Veinticuatro burros, de ellos diez y seis operados. Doce burras. Cinco mulas. Dos caballos. Una yegua. Media legua de terreno en el vecindario “Canillar” de este Municipio. Un derecho de tierra en el vecindario “Mayare” de este Municipio constante de cuarenta y nueva céntimos de legua cuadrada. Un derecho de tierra en “Tapaito” de este Municipio constante de trescientos setenta y cuatro milésimas de legua cuadrada. Un cuarto de legua de tierra en el lugar denominado Navarro de este Municipio. Dos derechos de tierra en Guaribote jurisdicción del Distrito Monagas, Estado Guarico, compradas al señor Leonardo Alcalá. Una y un cuarto de legua de tierra perteneciente a mi última esposa, y la cual está comprendida en los terrenos de la posesión de Deogracias Ytriago. Ciento setenticuatro (174) reces mayores y menores. Once mil novecientos nueve pesos sencillos o sean cuarenta y siete mil seiscientos treinta y seis bolívares en deudas. Un haber en la liquidación de la firma comercial “C. Armas e hijo” que representa mi hijo Benjamín, montante a la suma de dos mil doscientos ochenta y tres pesos sencillos con catorce centavos o sean nueve mil ciento treinta y dos bolívares y cincuenta y seis céntimos. Un haber de quinientos diez y nueve pesos y cincuenta centavos sencillos o sean dos mil setentiocho bolívares en poder de mi hijo Pedro Vicente. Un lote de ganado valorado en doscientos cincuenta y tres pesos y cincuenta centavos sencillos o sean mil catorce bolívares. Una existencia de dinero en caja, montante a la suma de quinientos sesenta y cinco pesos y cincuenta centavos sencillos o sean dos mil doscientos sesenta y dos bolívares.

Artículo 7. - Nombro por mis albaceas o testamentarios a mi hermano Alejandro Armas, a mi hijo Carlos María Armas y al señor Manuel Álvarez Rojas a quien
es se les proveerá lo que sea menester para el cumplimiento de mis disposiciones. Les concedo a estos la facultad de delegar.

Artículo 8. - Dispongo que al llegar el día sereno de la p
az y que funcionen correctamente los Poderes Públicos se procederá a la inmediata partición y adjudicación a quien corresponda de la parte perteneciente a mi citada esposa Trinidad Ytriago de Armas que esta comprendida en la enumeración de bienes que he mencionado en el presente testamento y que por circunstancias imprevistas no se ha podido llevar a cabo, buscando como partidor al señor Pedro Elías Armas, como esta convenido, al cual se le pagará de la masa de bienes. Todos los herederos, tanto en esta partición a que me refiero, como en la de mis bienes a mi fallecimiento deben concurrir a colación con las sumas que deban a la masa, para evitar desacuerdos entre la familia.

Artículo 9. - Dispongo que a la señora María Ignacia Rivas en recompensa de los desinteresados servicios que me ha venido prestando ha tantos años, se le den q
uinientos pesos sencillos o sean dos mil bolívares en dinero o efectos que lo valgan. Si al cumplir esta disposición hubiera ella muerto, la representaran sus hijos.

Artículo 10. - Si al dar principio a la liquidación y distribución de mis bienes hubieren algunas dudas sobre mi activo y pasivo en deudas, se consultará el libro mayor, cuyas cuentas y manejo he encargado a mi sobrino Señor Pedro Elías Armas. (13)

Artículo 11. - Si por omisión o por cualesquiera otras circunstancias hubiere dejado de anotar algunos bienes quedan facultados los herederos para señalarlos y hacerlos incorporar a la masa de bienes y repartirlos entre todos de común acuerdo.

Artículo 12. - Y por el presente testamento declaro que no he hecho otro antes que este, el cual quiero y ordeno que valga y haga fe judicial y extrajudicialmente y que se cumpla como mi última y deliberada voluntad firmando a mi ruego por mi impedimento físico mi hermano el señor Alejandro Armas pidiendo al ciudadano Juez de este Municipio autentique la firma respectiva y las de los testigos que suscriben y envíe de oficio el presente documento al Ciudadano
Registrador Subalterno del Distrito Bruzual para su protocolización en la Oficina a su cargo, en Guanape a veintiséis de Mayo de mil novecientos dos.

A ruego de Calixto Armas por impedimento físico, Alejandro Armas. Testigo:
Pbro. José Ramón Medina. (14) Testigo: Juan Felipe Silva. (15) Testigo: Pedro Pérez Ytriago. (16) Testigo: Mateo E. Peñalver. (17) Testigo: Carmen V. Ytriago. (18) Juzgado del Municipio Guanape, 26 de mayo de 1,902, 91 y 44.

En esta audiencia compareció a
este Despacho el Ciudadano Calixto Armas, mayor de edad y de este vecindario presentó el documento que antecede para ser autenticado, acordado el acto por el Tribunal el compareciente presto el juramento de Ley, ofreció decir verdad y manifestó que el contenido del documento que presenta es cierto en todas sus partes que por impedimento físico autoriza a su hermano Alejandro para que firme por el y cuya firma es la que usa este en todos sus actos públicos y privados y que el presente ha pasado en presencia.

Se le leyó, dijo ser conforme y firma con el Juez y Secretario que Certifica. El Juez Pedro Pérez Ramos. (19) Alejandro Armas. El Secretario: A. Medina Rodríguez. (20)

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Omitimos transcribir el resto del testamento por tratarse de las juramentaciones de cada uno de los testigos nombrado anteriormente.
Para la juramentación de los testigos, Don Alejandro de Armas Madurera no pudo asistir, por encontrarse igualmente enfermo alegando impedimento físico, por lo que nombra al Pbro. José Ramón Medina.

Notas:
  1. Llama la atención como Don Calisto de Armas Cañas coloca como nombre a su hijo Calixto de Armas Madurera (Con X) y este a su vez a su hijo le coloca como nombre a su hijo Calisto Vicente de Armas Ytriago (Con S), por lo que al parecer se turnaban la s y la x de padres a hijos.
  2. A este respecto, sobre el origen de la familia Armas, nos remitimos a las investigaciones del pariente Henry Agobian Viettri, uno de los investigadores que más a profundizado sobre este apellido y que esta por publicar su libro en los próximos meses, donde los ubica en San Baltasar de los Arias para el año 1.760.
  3. En Palacio Arzobispal de Caracas existe una solicitud de dispensa del año 1.843, aprobada el 19 de Julio del mismo año para contraer matrimonio Blasina De Armas Madurera con su primo hermano Tomas Ytriago de Armas.
  4. Del Oriente Venezolano. Rafael Armas Alfonzo. Valmore Guevara Editor. 1984. Pag. 161.
  5. Este enlace matrimonial no esta muy claro, en lo que se refiere a los padres de Margarita, si bien la endogamia era muy común entre los De Armas en Guanape, no hemos podido comprobar que realmente la misma Carlota madre de Margarita, sea la que es hermana de Calixto. También debemos acotar de que estar la rama bien elaborada y la información sea correcta, es importante destacar que Carlota Clemencia era una de las hijas mayores de Don Calisto Vicente de Armas Cañas, y que para 1.843 ya había fallecido, ya que ese año Don Lino, su viudo, solicita dispensa para casarse con Doña Wuntila de Armas Matos, por ser primas ambas, por lo que en este caso, el tío y la sobrina debieron tener poca diferencia en la edad, si no mas bien eran contemporáneos.
  6. Del matrimonio de Pedro Vicente Armas Ytriago con Concha Pérez nace el Coronel Ramón Armas Pérez, que fallece el 24 de junio de 1.960, en el atentado que casi le cuesta la vida al presidente Rómulo Betancourt, cuando viajaba en su automóvil oficial rumbo al paseo Los Próceres donde tendría lugar un desfile militar en ocasión del aniversario de la batalla de Carabobo. Entrando al paseo, una bomba colocada en un carro estacionado a la derecha estalla y alcanza el automóvil presidencial dejando sin vida al coronel Ramón Armas Pérez, jefe de la Casa Militar e hiriendo a las demás personas. El Gobierno comprueba la existencia de un complot dirigido desde República Dominicana y acusa oficialmente al gobierno del dictador Rafael Leonidas Trujillo. En el automóvil viajaban el ministro de la Defensa Josué López Henríquez y su señora, el coronel Ramón Armas Pérez, jefe de la Casa Militar y el chofer del automóvil. El estallido produce graves quemaduras en las manos del presidente e hiriendo a las demás personas.
  7. Por esta rama, dos nietos de Don Calixto de Armas Madurera terminan contrayendo matrimonio. Una nieta de Andrés Rivas, Cela Rivas Flames, contrae matrimonio con Bautista Palacios Pérez, nieto de Calixto Vicente de Armas Madurera e hijo de Félix Palacios.
  8. Raimunda Delgado era nativa de Lezama, hija de Lucía Delgado. Aparte de la relación con Don Calixto de Armas, contrajo matrimonio dos veces, en primeras nupcias con Bonifacio Boyer, ya viuda en segundas nupcias con Laureano Romero, en ambos casos con descendencia.
  9. A Margarita Álvarez Armas la tenemos registrada como hija de Lino Álvarez y de Carlota Clemencia de Armas Madurera, por lo que vendría a ser sobrina de Don Calixto. Sin embargo tenemos algunas dudas referente a esta filiación.
  10. Trinidad Ytriago Domínguez era hija de un primo hermano de Don Calixto, de Don Deogracias Ytriago de Armas, personaje no muy grata recordación entre los habitantes de Guanape y del cual ya se ha escrito en este blog.
  11. Este hijo de Don Calixto de Armas Madurera, que lleva el nombre de su abuelo: Calisto Vicente (Así con S), fue protagonista de impasse con su abuelo Don Deogracias Ytriago, y a raíz de la cual Calisto fue detenido y llevado a pie desde Guanape hasta Barcelona, sufriendo daños físicos de los cuales nunca logro recuperarse y al parecer fallece a consecuencia de estos. En este mismo blog ya publicamos esta historia.
  12. José María Barrios Ytriago. Nieto de Blasina de Armas Madurera y casado con su prima Gertrudis Armas Ytriago, hija de Calixto de Armas Madurera.
  13. Pedro Elías Armas Ortiz (1.875 - 1.948). Hijo de Alejandro de Armas Madurera, hermano de Don Calixto. Estaba casado con su sobrina Dolores Medina, hija natural de su hermano Erasmo Armas Ortiz.
  14. Pbro. José Ramón Medina. Sacerdote que nació en Onoto el año de 1.855. Fue un hombre de grandes dotes intelectuales. Una vez terminados sus estudios de filosofía y teología fue recibiendo las ordenes mayores. Trabajó en la actual Catedral de Barcelona, entre los años 1.888 y 1.889. La mayor labor pastoral la realizo en Onoto, Clarines, San Pablo, San Lorenzo, San Francisco, San Miguel, Píritu, Guanape, Valle de Guanape y Sabana de Uchire. Siendo diacono y con permiso del Obispo bautizó en Onoto en el año 1.878. De 1.882 a 1.884 fue cura de Píritu; de 1.894-95 fue cura accidental. En Clarines trabajó entre los años 1.874, 1.889, 1.892, 1.894 y 1.895 como cura accidental y auxiliar. Es muy recordado en Guanape por su amistad con el General Luís Manuel Ytriago de Armas (Veneno), y además por haber fallecido allí el 25 de Enero de 1.903 y encontrarse enterrado en la Iglesia. Según nos comenta Rafael Armas Alfonzo, tenía el cargo de Coronel efectivo y vivo de la Guerra Federal.
  15. Juan Felipe Silva Calderón (1.861 - 1.924). Era nativo de Píritu, en donde nace el año 1.861, fallece el año 1.924. Una hija de el estaba casada con un nieto de Alejandro Armas Madurera y otra con un nieto de León de Armas Madurera, por lo que estaba fuertemente emparentado con la familia Armas de Guanape.
  16. Pedro Pérez Ytriago. Era reconocido como poeta, editor del periódico “El Compás”, junto con su primo Carlos María Armas Alvarez (Hijo de Don Calixto Vicente de Armas Madurera), y además hijo del Juez en ese momento Pedro Pérez Ramos. Estaba casado con su prima Lucrecia Armas Ron, hija de Miguel Ángel de Armas Madurera, hermano de Don Calixto. A su vez era nieto de Blasina de Armas Madurera, por ser hijo de Inés María Ytriago Armas, que era hija de Blasina, con su esposo el Juez Pedro Pedro Pérez Ramos.
  17. Mateo Peñalver Jiménez nació en la población de Píritu y era descendiente directo del prócer Dr. Fernando de Peñalver, una de las inteligencias más claras que tuvo la patria desde sus inicios. Diputado al Congreso Nacional de 1.811, pensamiento decisivo en las deliberaciones del Congreso de Angostura, Redactor de “El Correo del Orinoco” y asesor en materias económicas y administrativas del Libertador, fueron algunos de los grandes servicios que prestó el ilustre antepasado de Mateo Peñalver a la República. Como casi todos los descendientes de los próceres civilistas de Venezuela, Mateo Peñalver padeció de pobreza; de esa pobreza digna que se mitiga con el producto de algunos conocimientos en ocupaciones que apenas pueden proporcionar un modesto sustento. Este descendiente del prócer era albañil, carpintero y panadero. Como albañil ayudó a construir y reconstruir muchas de las casas de Guanape, y sobre a varias que fueron de su cuñado Juan Evangelista Martí Anato. Como carpintero fabricó puertas y ventanas de esas casas; además de mesas, sillas y una que otra urna a muertos que no buscaban a Luís Manuel Álvarez, o a otro antiguo carpintero. Como panadero le fue también útil a Guanape. La panadería la fundó en la casa conocida como “La Colmena”, unas de las que él construyó. Esa casa está situada en la calle que antes le decían de “Los Pícaros”, porque todos los que tenían una cuenta pendiente con la justicia evitaban pasar por frente de la Jefatura Civil, que siempre ha estado frente de la plaza, y los jefes civiles nunca dejaron de sentarse en su puerta por las tardes. Muchos años duró esa panadería en manos de la familia Peñalver, porque después de muerto don Mateo, sus hijas Tatiana y Blanca la conservaron, calentando día a día su horno para sacar los bizcochos, rebanadas y cortados que se consumían en el pueblo. Fuente: Jesús Saume Barrios. Algo de Guanape. Pags. 226 y Enlace227.
  18. Carmen Victorio Ytriago Domínguez era hijo de Don Deogracias Ytriago de Armas, por tanto primo segundo y cuñado de Don Calixto de Armas Madurera y a su vez era concuñado por estar casado con una hermana de su primera esposa Margarita Álvarez Armas.
  19. Pedro Pérez Ramos era de origen canario. Entró en la política local por estar casado con una sobrina de Don Calixto de Armas Madurera: Inés María Ytriago de Armas, hija de Doña Blasina de Armas Madurera, por tanto hermana del General Luís Manuel Ytriago de Armas. De este matrimonio le nacieron varios hijos, entre ellos el poeta Pedro Pérez Ytriago, ya mencionado como uno de los testigos de este testamento.
  20. Anselmo Medina Rodríguez estaba casado con una hija del Juez Pedro Pérez Ramos, con María del Carmen Pérez Ytriago, siendo a su vez nieta de Doña Blasina de Armas Madurera.
Nota Final

Como todos los artículos publicados en este blog, haciendo clic en los nombres de personas que aparecen resaltadas y en italica se hace enlace con la página donde esta montado el árbol de cada uno de ellos y donde pueden ver los respectivos descendientes.
"Algunas Familias de la Cuenca del Unare y Llanos Orientales".
http://familias.notlong.com
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